Anonyme [1649], TRAICTÉ DE PAIX ENTRE SA MAIESTÉ CATHOLIQVE, ET Les Sts Estats Generaux des Prouinces Vnies du Païs-bas. Iouxte la copie imprimée à Bruxelles. , français, espagnol, néerlandaisRéférence RIM : M0_3798. Cote locale : C_10_37.
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inteligençia y zeso de mi seruiçio, y del bien y reposo uniuersal
de la Christiandad, que concurren en las personas de Don Gaspar de
Bracamonte y Gusman, Conde de Pennaranda, Gentithombre de mi
Camara, de mis Consejos de Camara, y iustiçia, y mi Embajador extraordinario
en Alemania. Frai toseph Berganne Arçobispo de Cambray,
y Antonio Brun de mi Consejo supremo de Flandes, y por la satisfaç
que siempre me han dado en differentes y grandes negoçios, que
les han sido encargados, y por ellos respectiuamente manejados. Por
tanto confiando enteramente, que todos juntos y cada uno en particular,
en ausencia, ò incomodidad, del uno, ò del otro, tendran arençion
al-mayor bien de la Christiandad, y de mis interesses particulares ; hos he
nombrado por mis Embajadores y Plenipotentiaros, y en virtud de
la presente les doi à todos iuntos, y à cada uno en particular, en ausencia,
òincomodidad de qualquier de ellos, entero y absoluto poder,
para hazer abertura à los Estados de dichas Prouinçias libres de los
Paises Bayos Vnidos, ò à sus Embajadores, y Plenipotentiarios, que
specialmente fueren autorizados, y constituidos para ello, como tambien
oir, lo que mirare à apagar le sobre dicha larga y cruel guerra, suzitada
en las Prouinçias de los Paises Bajos, y las que della se han originando
contra los dichos Estodos Generales en otros lejos Paises, y Mares,
y en consequençia de esto con los dichos Estados Generales de dichas
Prouincias Vnidas libres, ò con los dichos sus Embaiadores y Ple,
nipotentarios, entrar en negociacion, conferit, proponer, conuenir, capitular,
y concluyr uno bueno, firme, y inuiolable Tratado de repososea
de Paz, ò de Tregua, prometiendo por mi, y por mis suçesores, de
tener para siempre por firme y valido, precisay punctualmente, sin
falta alguna, todo lo, que pormis dichos Embajadores, y Plenipotentiarios
runtos, ò cada uno en particular ; en ausencia, ò incomodidad de
alguno de ellos, fuere conuenido y capitulato en el dicho Tratado con
los dichos Estados Generales, ò los dichos Embajadores y Plenipotenciarios
de las dichas Prouincias Vnidas libres, y assi mismo de aprobarlo,
y ratificarlo dentro del termino que reciprocamente se sennalare, con
confirmacion de iuramento, y todas otras solemnidades en tal caso necesarias,
y acostumbradas, en fée de loqual mande despachar la presente,
firmada de mi mano, sellada con mi sello secreto, y refrendada del
infrascrito mi Secretario de Estado. Dada en Saragoza à siete de Iunio
de mil y seis çientos y quarenta y seis annos.

 

YO IL REY.

Pedro Coloma.

Cacheté du cachet du Roy en oublie
rouge, couuert de papier.



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