Anonyme [1649], TRAICTÉ DE PAIX ENTRE SA MAIESTÉ CATHOLIQVE, ET Les Sts Estats Generaux des Prouinces Vnies du Païs-bas. Iouxte la copie imprimée à Bruxelles. , français, espagnol, néerlandaisRéférence RIM : M0_3798. Cote locale : C_10_37.
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S’ensuit la teneur du pouuoir des Plenipotentiaires du
Seigneur Roy des Espagnes.

DON PHILIPPE por la gracia de Dios Rey de Castilla, de Leon,
de Aragon, de las dos Sicilias, de Hierusalem, de Portugal, de
Navarra, de Granada, de Toledo, de Valencia, de Galicia, de Mallorca,
de Menorca, de Seuilla, de Cerdenna, de Cordoua, de Corzega, de
Murcia, de Iaen, de los Algarues, de Algecira, de Gibraltar, de las Islas
de Canaria, de las indias Orientales y Occidentales, Islas y Tierra firme
del Mar Oceano, Archiduque de Austria, Duque de Borgonnia, de
Brauante, y Milan, Conde de Abspurg, de Flandes, Tyrol y Barcelonna,
Sennor de Vizcaya, y de Molina, &c. Por quanto por lo mucho que
desseo encaminar el reposo y tranquillidad de los subditos y hauitantes
de las Prouincias de los Paises bajos, paraque descansen de tant larga y
cruel guerra, para llgar tanra mejor à una Paz general en Europa, en
bien de la Christiandad, y hauiendose de comun y mutual conçieto
escogido, y sennalado la Villa de Munster en VV estphalia para el congresso
v negoçiacion de la dicha Paz, he hallado por conueniente
nombrar personas que en mi nombre ayan de assistir con toda Autoridad,
y Plenipotençia al dicho congresso, y specialmente con los Estados
de las Prouincias libres de los Paises Bayos Vnidos, o sus Embajadores
y Plenipotençiarios en particular autorizadus y Diputados.
Temendo consideraçion à la sufiçiençia, integridad, prudençia, experiençia,

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inteligençia y zeso de mi seruiçio, y del bien y reposo uniuersal
de la Christiandad, que concurren en las personas de Don Gaspar de
Bracamonte y Gusman, Conde de Pennaranda, Gentithombre de mi
Camara, de mis Consejos de Camara, y iustiçia, y mi Embajador extraordinario
en Alemania. Frai toseph Berganne Arçobispo de Cambray,
y Antonio Brun de mi Consejo supremo de Flandes, y por la satisfaç
que siempre me han dado en differentes y grandes negoçios, que
les han sido encargados, y por ellos respectiuamente manejados. Por
tanto confiando enteramente, que todos juntos y cada uno en particular,
en ausencia, ò incomodidad, del uno, ò del otro, tendran arençion
al-mayor bien de la Christiandad, y de mis interesses particulares ; hos he
nombrado por mis Embajadores y Plenipotentiaros, y en virtud de
la presente les doi à todos iuntos, y à cada uno en particular, en ausencia,
òincomodidad de qualquier de ellos, entero y absoluto poder,
para hazer abertura à los Estados de dichas Prouinçias libres de los
Paises Bayos Vnidos, ò à sus Embajadores, y Plenipotentiarios, que
specialmente fueren autorizados, y constituidos para ello, como tambien
oir, lo que mirare à apagar le sobre dicha larga y cruel guerra, suzitada
en las Prouinçias de los Paises Bajos, y las que della se han originando
contra los dichos Estodos Generales en otros lejos Paises, y Mares,
y en consequençia de esto con los dichos Estados Generales de dichas
Prouincias Vnidas libres, ò con los dichos sus Embaiadores y Ple,
nipotentarios, entrar en negociacion, conferit, proponer, conuenir, capitular,
y concluyr uno bueno, firme, y inuiolable Tratado de repososea
de Paz, ò de Tregua, prometiendo por mi, y por mis suçesores, de
tener para siempre por firme y valido, precisay punctualmente, sin
falta alguna, todo lo, que pormis dichos Embajadores, y Plenipotentiarios
runtos, ò cada uno en particular ; en ausencia, ò incomodidad de
alguno de ellos, fuere conuenido y capitulato en el dicho Tratado con
los dichos Estados Generales, ò los dichos Embajadores y Plenipotenciarios
de las dichas Prouincias Vnidas libres, y assi mismo de aprobarlo,
y ratificarlo dentro del termino que reciprocamente se sennalare, con
confirmacion de iuramento, y todas otras solemnidades en tal caso necesarias,
y acostumbradas, en fée de loqual mande despachar la presente,
firmada de mi mano, sellada con mi sello secreto, y refrendada del
infrascrito mi Secretario de Estado. Dada en Saragoza à siete de Iunio
de mil y seis çientos y quarenta y seis annos.

 

YO IL REY.

Pedro Coloma.

Cacheté du cachet du Roy en oublie
rouge, couuert de papier.

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Anonyme [1649], TRAICTÉ DE PAIX ENTRE SA MAIESTÉ CATHOLIQVE, ET Les Sts Estats Generaux des Prouinces Vnies du Païs-bas. Iouxte la copie imprimée à Bruxelles. , français, espagnol, néerlandaisRéférence RIM : M0_3798. Cote locale : C_10_37.